mujer cansada en biblioteca

El turno alterando en Buenos Aires: ¿existe?

Desde SiTBA (Sindicato de Trabajadorxs Bibliotecarixs de Argentina) expresamos nuestra profunda preocupación por la reiterada publicación de cargos bibliotecarios en actos públicos bajo la modalidad de turno alternado, especialmente en los niveles Inicial, Especial y Primario. 

Esta práctica, además de ilegal, afecta directamente los derechos laborales de lxs bibliotecarixs y desconoce la normativa vigente.

¿Qué establece la normativa?

El ingreso del personal bibliotecario a las instituciones educativas se realiza mediante designaciones en Acto Público Digital (APD), en igualdad de condiciones que el resto del cuerpo docente, conforme a:

  • el Estatuto del Docente (Ley 10.579), 
  • el Decreto 2299/11 y
  • la normativa vigente de la Dirección General de Cultura y Educación (DGCyE).

Las coberturas de cargos se solicitan a través del IGE (Ingreso a la Gestión Escolar), siendo responsabilidad de los equipos directivos y de la Secretaría de Asuntos Docentes (SAD) de cada distrito la verificación de las vacantes y su correcta publicación en el portal ABC, respetando los turnos y horarios.

➡️ La Comunicación Conjunta Nº 5/2023 de la DGAD y DTC, en su punto 9, establece:

“Deberán publicarse o exponerse las vacantes disponibles con expresa indicación de turno y horarios”.

➡️ La Resolución 3367/05 (Anexo V) señala:

“Corresponde un cargo de Maestro Bibliotecario:
– en servicios de 1° categoría: 1 por turno
– en servicios de 2° y 3° categoría: 1 por servicio”.

➡️ En los Módulos de Capacitación del CEFAP para personal de SAD y actos públicos, se aclara que:

“Los turnos son fijos. Sólo podrán consignarse alternados en aquellas Direcciones Docentes que cuenten con resoluciones específicas que así lo determinen. Esta excepción no incluye al personal bibliotecario, ya que no se encuentra a cargo directo de alumnos, salvo a fines jubilatorios”.

➡️La Resolución Nº 2266/06, que refiere al turno alternado, sólo contempla cargos de Equipos Técnicos, Maestros Integradores y Maestros Domiciliarios de la Dirección de Educación Especial.

¿Por qué nos perjudica el turno alternado?

✔️ Representa una violación del Estatuto del Docente, que funciona como contrato de trabajo, donde se especifica que los cargos de base deben tener turno fijo.

✔️ Vulnera la estabilidad económica, ya que trabajar un solo cargo es cada vez más insuficiente.

✔️ Impide compatibilizar dos cargos, limitando el derecho a completar carga horaria.

✔️ Dificulta el traslado entre escuelas, especialmente en zonas del conurbano o del interior donde las distancias entre instituciones son extensas y el transporte escaso.
  

¿Qué exigimos desde SiTBA?

🔴 La inmediata corrección de los cargos ofrecidos como alternados, respetando la normativa vigente.
🔴 Que las Secretarías de Asuntos Docentes asuman su responsabilidad en el control y publicación de las vacantes.
🔴 Que se garantice a lxs bibliotecarixs la posibilidad de acceder a más de un cargo, respetando los derechos adquiridos y las condiciones laborales mínimas.

Luego de años de lucha por la creación y cobertura de cargos bibliotecarios, no podemos permitir que esta conquista se vea empañada por prácticas incorrectas que afectan a nuestro colectivo. No hay excusa válida para seguir vulnerando nuestros derechos.

✊ ¡El turno alternado NO EXISTE para bibliotecarixs! Es antijurídico, antipedagógico y antiestratégico.

 Seguimos defendiendo bibliotecas vivas, con trabajo digno y educación pública de calidad.

SiTBA – Sindicato de Trabajadorxs Bibliotecarixs de Argentina
📚 Por bibliotecas vivas, con trabajo digno y en defensa de la educación pública.

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